En los siguientes enlaces, se facilita un modelo (no oficial) de registro de clientes, así como un cartelón informativo, para colocar a la vista en el caso de seguir las indicaciones publicadas en el BOPA 29 julio mencionado en la NOTICIA ANTERIOR
La empresa deberá cumplimentar el nombre de la empresa el cif y la dirección.
(Se facilita en formato A4 para su impresión)
Según se publica, "deberán contar con un registro de los clientes y usuarios que accedan al establecimiento, en el que se recoja fecha, hora del acceso y de salida, nombre y/o apellidos y número de teléfono de contacto. La recogida de tales datos requerirá el consentimiento del interesado, sin perjuicio de condicionar el derecho de admisión por razones de salud pública en caso de no poder contar con el mismo."
Así mismo, aclarar que "SE RECOMIENDA La adopción de sistemas de registro similares al recogido en el anterior sub-apartado por parte de los titulares de los establecimientos de hostelería y restauración, discotecas y locales de ocio nocturno"