VEGASTUR ASESORES
DE EMPRESA
Calidad en Gestión y Asesoramiento a Empresas, Pymes y Autónomos
NUEVAS MEDIDAS prórroga desde las 00:00 horas del día 8 de mayo de 2021 hasta las 24:00 horas del día 21 de mayo de 2021
Publicado 06/05/2021
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Consejería de Salud, de segunda modificación y segunda prórroga de las medidas especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
ENLACE A LA PUBLICACIÓN BOPA
NUEVAS MEDIDAS efectos desde las 00:00 horas del 9 de mayo de 2021, y mantendrá su vigenciahasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, al amparodel artículo 2.3 de la Ley 2/2021, de 29 de m
Publicado 06/05/2021
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Consejería de Salud, de Indicadores y medidas especiales de ámbito municipal de nivel 4+ (nivel de riesgo extremo) de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
ENLACE A LA PUBLICACION
hemos añadido la sección TUTORIALES .
Publicado 12/02/2021
Hemos creado la sección tutoriales donde procuraremos explicar de manera sencilla diferentes gestiones que pueden realizar desde su dispositivo.
Esperamos que sea de su agrado
Estado de alarma, Confinamiento Asturias ( 3 Noviembre)
Publicado 04/11/2020
Acceda a la publicación donde se establecen las actividades que deben Pulsando aquí o ver el resumen en el resto de la publicación.
ACTUALIZACIÓN DE LOS TIPOSDE COTIZACIÓN APLICABLES POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES Y POR CESE DEACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS
Publicado 29/10/2020
La TGSS ha notificado que este mes de octubre procederá a actualizar la cuota de autónomos con la subida de tipos aprobada el 28 de diciembre de 2019 y que no se venían aplicando hasta ahora. Así mismo también comunica que en las próximas semanas se abordará como será el cobro de las cuotas devengadas desde enero a septiembre de 2020.
Los tipos son :
- Para la cotización por contingencias profesionales, el tipo de cotización será el 1,1 por ciento.
- Para el cese de actividad, el tipo de cotización será el 0,8 por ciento
Vea la comunicación completa leyendo toda la publicación.
ACLARACION AEAT sobre tributación Ertes y Prestación Autónomos Cese de Actividad
Publicado 28/10/2020
La AEAT ha aclarado que las prestaciones recibidas por los trabajadores en ERTE y que los Autónomos que recibiesen prestación por cese de actividad deberán tributar por ellas.
MEDIDAS URGENTES OVIEDO GIJON Y AVILES
Publicado 26/10/2020
Se ha publicado en el BOPA, a medio de suplemento, la Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Consejería de salud, por la que se establecen medidas urgentes de prevención en los núcleos urbanos de Oviedo, Gijón y Avilés, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la CoViD-19 y modificación de las medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la CoViD-19
Justificantes de desplazamiento
Publicado 26/10/2020
En los enlaces pueden descargar los justificantes de desplazamiento por motivos laborales para su cumplimentación.
NUEVAS RESTRICCIONES ASTURIAS (REGRESO A FASE 2)
Publicado 15/10/2020
El BOPA del 14/10/2020 ha publicado las nuevas restricciones del 15/10/2020 a las 24:00 del 29/10/2020.
(Puede ser de su especial interés Capitulo VII - Hostelería / Capítulo VI Medidas servicios sociales)
Hoja de registro y cartelón informativo P datos
Publicado 30/07/2020
En los siguientes enlaces, se facilita un modelo (no oficial) de registro de clientes, así como un cartelón informativo, para colocar a la vista en el caso de seguir las indicaciones publicadas en el BOPA 29 julio mencionado en la NOTICIA ANTERIOR
La empresa deberá cumplimentar el nombre de la empresa el cif y la dirección.
(Se facilita en formato A4 para su impresión)
Según se publica, "deberán contar con un registro de los clientes y usuarios que accedan al establecimiento, en el que se recoja fecha, hora del acceso y de salida, nombre y/o apellidos y número de teléfono de contacto. La recogida de tales datos requerirá el consentimiento del interesado, sin perjuicio de condicionar el derecho de admisión por razones de salud pública en caso de no poder contar con el mismo."
Así mismo, aclarar que "SE RECOMIENDA La adopción de sistemas de registro similares al recogido en el anterior sub-apartado por parte de los titulares de los establecimientos de hostelería y restauración, discotecas y locales de ocio nocturno"
Resolución de 29 de julio de 2020, de la Consejería de Salud, de tercera modificación de las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Publicado 30/07/2020
La medida modifica Resolución de 19 de junio de 2020 para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19
- Deberán contar con un registro de los clientes y usuarios que accedan al establecimiento los titulares de actividades:
Hoteles, albergues y otros alojamientos turísticos, peluquerías, barberías, centros de belleza, gabinetes de estética, salones de manicura, pedicura y depilación, saunas, balnearios, spas y gimnasios deberán contar con un registro de los clientes y usuarios.
- Se recomienda la adopción de sistemas de registro como el anterior
Los titulares de los establecimientos de hostelería y restauración, discotecas y locales de ocio nocturno.
- Condiciones comunes a los establecimientos de hostelería, restauración y ocio nocturno.
1. Las actividades en los establecimientos de hostelería y restauración, discotecas y locales de ocio nocturno serán desarrolladas sólo con los asistentes sentados en mesas o agrupaciones de mesas a partir de las 00.00 horas.
2. La hora máxima de cierre nocturno de todos los establecimientos a que se refiere el sub-apartado anterior queda fijada en las 02.00 horas, no pudiendo admitirse nuevos clientes a partir de las 01.30, sin perjuicio de la aplicación del horario que tuvieren previamente autorizado por los órganos competentes si este determinase una hora de cierre anterior.”
< Anterior |
Los Enlaces, cálculos, formularios y contenidos incluidos en esta página pueden estar sin actualizar. Vegastur pone a disposición de sus clientes estos gratuitamente y solo como posible ayuda. Vegastur no se responsabiliza de el uso o problemas en su utilización.
Llámenos sin compromiso 985 11 50 51
o visítenos en Avd. Pumarín Nº7 1º A - 33001 - Oviedo
Asesoría Vegastur, Su Asesoría en Oviedo. Gestoría en Oviedo